La Responsabilidad Civil de los Entrenadores Personales emana del Código Civil, que en su artículo 1902 estipula que «el que por acción u omisión causa un daño a otro interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado». En el caso concreto del equipo técnico deportivo, la RC Profesional se entiende como la obligación de reparar el daño causado a otro en el ejercicio de su actividad profesional.
Excluimos de este caso particular a entrenadores encargados de la formación deportiva de menores de edad, a los que la Ley 1/1991, de 7 de enero, de Modificación de los Códigos Civil y Penal en materia de responsabilidad civil del profesorado, que eliminó la responsabilidad de los formadores por los daños ocasionados por los alumnos; pasando esta a los Centros Deportivos en los que se ejerce la labor deportiva pero sin perjuicio de que, posteriormente y si se ve una relación causal entre la acción del entrenador y el daño producido, el centro le pueda reclamar al profesional la cantidad satisfecha.
RC Profesional de medios
Los entrenadores personales están expuestos a reclamaciones por parte de deportistas que perciben que los servicios no han cubierto las expectativas generadas durante el proceso de contratación. Desde hace tiempo, ha crecido mucho tanto la oferta de técnicos deportivos como las reclamaciones en ese sentido. Para establecer la posible responsabilidad profesional, se debe tener en cuenta que el entrenamiento deportivo profesional es una actividad socialmente reconocida que atiende a criterios de calidad y de competencia.
Podría establecerse un paralelismo con la «lex artis» en cuanto a que existan una serie de competencias técnicas, científicas y éticas; desplegadas en el ejercicio de su actividad por la generalidad de los técnicos deportivos. La responsabilidad exigible se traza por comparación con el comportamiento profesional en casos similares; aún teniendo en cuenta las circunstancias especiales del entrenador, el deportista y otros factores que puedan influir.
Es decir, a los entrenadores personales se les exige una RC Profesional de medios (de los mejores medios) que deben garantizar en su ejercicio.